Subsidios

Subsidio por matrimonio: Se otorga el 10 % del importe equivalente a un sueldo del Convenio Colectivo 130/75 de Empleados de Comercio en la Categoría INICIAL “A” de MAESTRANZA que rija en el momento del Matrimonio.
Beneficiarios: Asociado al Sindicato Empleados de Comercio.
Requisitos a presentar: Fotocopia de Acta de Casamiento.

Subsidio por nacimiento: Se otorga el 10 % del importe equivalente a un sueldo del Convenio Colectivo 130/75 de Empleados de Comercio en la Categoría INICIAL “A” de MAESTRANZA que rija en el momento del Nacimiento.
Beneficiarios: Asociado al Sindicato Empleados de Comercio.
Requisitos a presentar: Fotocopia de la partida de Nacimiento.

Subsidio por adopción: Se otorga el 10 % del importe equivalente a un sueldo del Convenio Colectivo 130/75 de Empleados de Comercio en la Categoría INICIAL “A” de MAESTRANZA que rija en el momento de la Adopción.
Beneficiarios: Asociado al Sindicato Empleados de Comercio.
Requisitos a presentar: Fotocopia del Acta de adopción.

Subsidio por fallecimiento: Se otorga el 100 % del importe equivalente a un sueldo del Convenio Colectivo 130/75 de Empleados de Comercio en la Categoría INICIAL “A” de MAESTRANZA que rija en el momento del fallecimiento.
Beneficiarios: Asociado titular en actividad y su grupo familiar a cargo únicamente (esposa/o, hijos / as menores de 21 años).
Requisitos a presentar: Fotocopia certificada de la partida de fallecimiento o defunción.